lunes, 16 de mayo de 2011

Comunicado Plataforma Feminista Asturias Derechos Reproducción Mujer Lesbiana

COMUNICADO PLATAFORMA FEMINISTA DE ASTURIAS
Desde La Plataforma Feminista de Asturias, agrupación informal de diversas entidades y
organizaciones que reivindicamos y luchamos por los derechos reproductivos y sociales de las
mujeres en nuestra legislación, queremos pronunciarnos sobre los hechos acaecidos en las últimas semanas con respecto a la denegación del tratamiento de fertilidad por parte del servicio sanitario público de nuestra Comunidad a una mujer lesbiana.

Y a este respecto exponemos:
· Que el derecho a la reproducción asistida es un derecho reconocido de la salud sexual y
reproductiva de las mujeres en nuestra legislación.
· Que dicho derecho no diferencia entre orientación sexual ni estado civil de las mujeres.
· Que el argumento que se esgrime desde la Inspección de Prestaciones de Mieres y de la
Jefatura del Servicio de Prestaciones de la Consejería de Sanidad impone el modelo de
familia tradicional y patriarcal, en detrimento de otros modelos familiares.
· Que se pretende cambiar el protocolo interno de actuación para que dicho argumento
discriminatorio se siga utilizando en casos posteriores, como ya ha ocurrido.
· Que la denegación del tratamiento se ampara en el Real Decreto 1030/2006 de 15 de
septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de
Salud y el procedimiento para su actuación, y que establece que se cubrirá la reproducción
humana asistida “cuando haya un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica
establecida, de acuerdo con los programas de cada servicio de salud”. Y que en el caso que
nos ocupa ya existía “una indicación clínica establecida”.
· Que con la aplicación de este Real Decreto se están ignorando y vulnerando legislaciones de
rango superior, como:
o La Constitución Española: artículo 14.
o La Ley 14/1986 General de Sanidad: artículo 3.2 y artículo 3.4, este último
incorporado por la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres.
o La Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida: artículo 6.1
o La Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción
Voluntaria del Embarazo: artículos 3, 4 y 5. Y en cuyo artículo 3.3 responsabiliza a las
Administraciones Públicas en la garantía del acceso a los servicios contemplados, sin
ningún tipo de discriminación por orientación sexual y estado civil, entre otros.
· Que esta situación abre la puerta a futuros casos de discriminación basados en supuestos
similares, como ya ha ocurrido, denegándose un tratamiento previamente aprobado a una
segunda mujer lesbiana en nuestra Comunidad Autónoma.

Por todo ello exigimos:
· Que se reconozca a las afectadas el derecho a continuar el tratamiento de fertilidad que
estaban recibiendo o que tenían aprobado.
· Que se inicie el procedimiento para legislar a nivel autonómico de cara a evitar la
discriminación de mujeres solas y/o lesbianas.
· La dimisión del Consejero de Sanidad y del Director General de Planificación.
· Que la Consejería de Sanidad se pronuncie sobre el caso e inicie el procedimiento para
depurar las responsabilidades correspondientes.
· Que el Instituto Asturiano de la Mujer se pronuncie sobre el caso e inicie las gestiones
oportunas para llevar a efecto las reivindicaciones expuestas.

Desde La Plataforma Feminista de Asturias queremos hacer un llamamiento a todas aquellas
entidades, organizaciones o colectivos que quieran unirse a este comunicado y a las iniciativas que se pongan en marcha para llevar a cabo estas reivindicaciones.
(derechoreproduccionasistida@yahoo.es)

Promueve: Plataforma Feminista de Asturias

Secretaría de Social y Mujer de CGT Oviedo

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